Una declaración sustitutiva del modelo 180 tiene por objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior del mismo ejercicio en el cual se hubieran incluido datos inexactos o erróneos. Es decir, se anula por completo la declaración presentada previamente, y se vuelve a generar el modelo 180 con la marca "sustitutivo" y con todos los datos (corregidos) nuevamente.
Desde programa, el proceso para generar una declaración sustitutiva se realiza desde el propio modelo.
Accede al menú de Contabilidad / Contabilidad y Finanzas / Impresos Oficiales / Preparar Liquidaciones. En la pantalla que aparece selecciona el Territorio, Periodo liquidación y el modelo 180.
Entra en la liquidación del 180 de la empresa que corresponda y desbloquéala desde el menú Liquidación - Desbloquear liquidación.
Si al desbloquear la liquidación, te aparece este mensaje, accede desde el propio modelo 180, a la opción de menú Administración tributaria - Presentada / Datos presentación.
Deberás eliminar los datos de Código electrónico, Nº justificante y Fecha presentación para poder desbloquear la liquidación y poder generar la sustitutiva.
Una vez realizado este proceso, ya podrás desbloquear la liquidación.
Para poder presentar el modelo 180 sustitutivo tienes dos opciones:
- Corregir previamente los datos en contabilidad. En este caso, la liquidación se debe eliminar y acumular de nuevo por Acumular Movimientos.
- Modificar desde el Modelo 115 del trimestre correspondiente el dato. Pero recuerda que deberás dejar el 115 con el estado por lo menos de preparado para presentar y acumular de nuevo el 180 por Liquidaciones.
Una vez corregido el dato correspondiente, en el apartado de Nº de justificantes, marca la opción de Declaración sustitutiva e indica el número identificativo de 13 dígitos de la declaración presentada anteriormente. Al generar el modelo 180 se calcula el mismo número de justificante para cada empresa, por ejemplo una empresa o despacho que presente el modelo 180 de varios clientes/empresas, esto es correcto (que tengan el mismo número de presentación) porque en cada fichero y justificante el número corresponde a un declarante distinto 18000000000001. En el caso de presentar una complementarias o sustitutivas del mismo modelo, entonces se genera con un número distinto, p.ej. 1800000000002 o sucesivos.
Por último, acepta la liquidación y genera el modelo 180.
NOTA: Recuerda que para poder presentar un modelo 180 sustitutivo de Territorio Común, es necesario que primero hayas dado de baja la declaración previa. Ante cualquier duda, consulta con la Agencia Tributaria.
Recuerda, si necesitas algo concreto para tu empresa contáctanos y te ayudaremos.
Gracias!